Escrito por CLBlog en Guía práctica financiera18 abril 2011 | 3

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Recientemente os hemos explicado algunos conceptos clave para entender tu Declaración de la Renta. Una vez aclarados los conceptos, seguro que os interesa conocer las principales novedades fiscales que pueden afectar a vuestros resultados.
Incremento de la tributación de las rentas del ahorro
Con efectos a partir del 1 de enero de 2010 (es decir, afecta a todo el ejercicio de 2010, cuya declaración hacemos ahora) el gravamen aplicable a la base liquidable del ahorro se ha incrementado de la siguiente manera:
- En Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, ha pasado del 18% al 20%.
- En Navarra:
- Los primeros 6.000€ de la base liquidable del ahorro tributarán al 18%.
- Lo que exceda de esos 6.000€ tributará al 21%.
- En el resto:
- Los primeros 6.000€ de la base liquidable del ahorro tributarán al 19%.
- Lo que exceda de esos 6.000€ tributará al 21%.
Modificación de la deducción de 400€
Con efectos a partir del 1 de enero de 2010 (es decir, afecta a todo el ejercicio de 2010, cuya declaración hacemos ahora) se modifica la deducción de 400 € por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas:
- En Araba, Bizkaia y Gipuzkoa:
- En los ejercicios de 2010 y 2011 (declaraciones de la renta a realizar en 2011 y 2012) se mantiene la deducción, pero solo se aplicará si la base imponible (suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro) del contribuyente es inferior a 20.000 €.
- Si la base imponible es igual o inferior a 15.000, la deducción será de 400 €.
- Si la base imponible está entre los 15.000€ y los 20.000€ la deducción será el resultado de la siguiente fórmula:
400€ – 0,08* (Base imponible -15.000)
Por ejemplo, si la base imponible es de 16.000:
400-0,08 *(16.000-15.000)= 400-0,08*1.000=400-80=320
La deducción para una base imponible de 16.000€ sería de 320€.
- A partir del ejercicio de 2012 desaparece la deducción.
- En Navarra: la deducción, que en este caso es de 440€, se mantiene de forma parcial y su aplicación es progresiva:
- Se hará una deducción de 440€ a los contribuyentes con base imponible de hasta 10.600€ al año.
- Irá decreciendo hasta llegar a cero para las bases imponibles que superen los 17.000€.
- En el resto: se mantiene ilimitadamente en el tiempo, pero solo para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000€.
- Si la base imponible es igual o inferior a 8.000€, la deducción será de 400 €.
- Si la base imponible está entre los 8.000€ y los 12.000€ la deducción será el resultado de la siguiente fórmula:
400€ – 0,1* (Base imponible -8.000)
Por ejemplo, si la base imponible es de 10.000:
400-0,1 *(10.000-8.000)= 400-0,1*2.000=400-200=200
La deducción para una base imponible de 10.000€ sería de 200€.
Reducción del impuesto sobre transmisiones patrimoniales en el caso de adquisición de viviendas (Comunidad Autónoma Vasca)
En Bizkaia y Gipuzkoa se modifica (para equipararlo al de Araba) el tipo de gravamen aplicable a las transmisiones de viviendas, es decir, el impuesto que se paga al adquirir una vivienda.
El tipo aplicable para las transmisiones de viviendas será del 4%, en vez del 6% que se aplica al resto de bienes inmuebles.
- También se aplicará el 4% de gravamen a las plazas de garajes (hasta un máximo de dos; a partir de 3 se aplicaría el 6% habitual) y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda.
- En el caso de viviendas cuya superficie construida no sea superior a 120m2, o de viviendas unifamiliares con superficie construida no superior a 120m2 y parcela total no superior a 300m2, el tipo de gravamen será del 2,5%, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el adquiriente no sea propietario de otra vivienda (en un porcentaje superior al 25%) dentro del mismo término municipal.
- Si el nuevo adquiriente transmite su anterior vivienda después de adquirir la nueva, se aplicará el 4%, pero se devolverá la diferencia hasta el 2,5%, si en el plazo de 18 meses acredita que ha procedido a la venta de la misma.
- Que la vivienda se destine a residencia habitual del adquiriente, lo que se debe acreditar en el plazo de 12 meses.
- Que en el documento de adquisición se exprese que se cumplen o se van a cumplir los requisitos señalados,
Deducción por adquisición de la vivienda habitual
Según la Ley de Economía Sostenible, a partir de enero 2011 se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual. Dicha modificación solo afectará a quienes hayan adquirido su vivienda habitual a partir de esta fecha y no se implantará en Navarra, donde se mantiene la deducción y se aumenta el límite de cantidades deducible..
A partir del ejercicio de 2011 (es decir, a partir de la declaración a realizar el año que viene) esta deducción sólo se aplicará cuando la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.107,20€.
- Si la base imponible del contribuyente es inferior a 17.707,20€, se mantendrán las deducciones actuales:
- En Araba, Bizkaia y Gipuzkoa:
- 23% para menores de 35 años.
- 18% a partir de los 35 años.
- En el resto, excepto Navarra: 15%.
- Si la base imponible está entre los 17.707,20€ y 24.107,20€, la deducción se reducirá gradualmente.
Cuentas vivienda
En el caso las cuentas vivienda en las que el plazo de seis años establecido para destinar lo ahorrado a la adquisición o rehabilitación de la vivienda finalice en el año 2011, en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, se amplía el plazo a 8 años desde la apertura de la cuenta, es decir, dos años más de los establecidos.
En el caso de que dicho plazo finalice en 2012, en Gipuzkoa se amplía el plazo a 7 años desde la apertura, es decir, 1 año más de lo establecido.
Estas son las principales novedades fiscales. Si tenéis cualquier duda no dudéis en preguntar.
TAGS: base liquidable, cuenta vivienda, declaración de la renta, deducciones, impuestos
===== Guía: Declaración de la renta (IRPF) de Gipuzkoa con Linux (Mint, Ubuntu, …) (Guipúzcoa, Hacienda, Diputación Foral, GNU) =====
Si has tenido la mala suerte que el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa no te haya mandado una propuesta de autoliquidación (o no estás conforme con el borrador) te toca hacerla a ti mismo. Por suerte ahora es bastante más fácil que hace años.
Otra buena noticia es que en Gipuzkoa ya se puede hacer la declaración de la renta desde Linux. Es fácil. Pongo cómo se hace con Mint. Como se basa en Ubuntu seguramente los pasos también valen para este sistema operativo (también uso Ubuntu y yo diría que sí). Como ambos son derivados de Debian supongo que la cosa será parecida ahí (aunque en este caso no puedo opinar más por falta de experiencia).
(Si ya tienes el plugin de Java para Firefox, etc. instalado salta al punto 4)
1. Vamos al centro de control, abrimos Synaptic y pulsamos el botón de actualizar los repositorios (arriba a la izquierda).
2. En la casilla de búsqueda ponemos sun-java6-plugin e instalamos ese paquete (si faltan los paquetes de los que depende se instalarán también).
3. Si Firefox está abierto lo cerramos y lo volvemos a abrir.
4. Vamos a http://www.gipuzkoa.net/ZergaBidea/instaladorZergaBidea.html e instalamos el programa de ayuda ZergaBidea.
5. Cuando termina dice “La aplicación se ha instalado correctamente”. Dejamos activada la casilla de abajo que dice “Lanzar aplicación ZergaBidea.” y pulsamos en Aceptar.
6. Rellenamos los datos sin poner acentos ni en nuestro nombre, ni apellidos, ni dirección, etc. En el menú Ayuda tenemos información para rellenar el formulario del IRPF. En breve, se puede hacer p.e. así: se pincha en Aceptar bajo “Gestión de declaraciones por MODELO”, se hace doble clic en 109 (a la izda., primero por arriba), luego en Aceptar, luego en “Nueva declaración” (abajo a la izda.), luego en “Nuevo declarante”, ……….. Algo muy útil que ahorra mucho trabajo es el menú Utilidades -> Imputar datos de INFORMACIÓN FISCAL. Al final se crea un fichero dentro de /root (si mal no recuerdo).
7. Vamos a https://w390w.gipuzkoa.net/WAS/HACI/WATAtariaWEB/inicio.do?idioma=C y accedemos con el DNIe o Izenpe o clave operativa, etc. Desplegamos el apartado de “Hacienda y Finanzas” y vamos a “Declaraciones telemáticas”. Pinchamos en el primer “Presentación vía fichero” (bajo 109, …), en Modelo ponemos 109-IRPF, en Ejercicio el que corresponda (año anterior), pinchamos en Examinar, seleccionamos el fichero creado por ZergaBidea, pulsamos en ENVIAR, etc. (véase Nota abajo)
¡HECHO!
Para volver al menú principal se pincha en “OTROS SERVICIOS” (arriba a la derecha).
Ya podemos ver en “Hacienda y Finanzas” -> “Declaraciones telemáticas” -> “Consultas, modificaciones, anulaciones y pago” (a la derecha) si la declaración ha sido aceptada. En caso afirmativo, en un par de días hábiles si todo va bien Proc. (procesado) pasará de No a Sí. Vemos también nuestros datos y el importe.
En “Hacienda y Finanzas” -> “Consulta de declaraciones” podemos buscar declaraciones de años atrás (y en un par de días la última) y ver su información relativa. Si pinchamos en el icono de las gafas (a la derecha) tenemos varios datos para leer.
En “Hacienda y Finanzas” -> “Información fiscal” podemos ver los datos correspondientes al año que nos interese (estos son los que hemos importado con el programa de ayuda).
Cuando terminamos pinchamos en “CERRAR SESIÓN” (arriba a la derecha), y de nuevo en “CERRAR SESIÓN”.
Si por lo que sea queremos volver a usar el programa de ayuda lo tenemos en el menú principal de Mint, dentro de “Todas la aplicaciones” -> Otras. También se puede abrir pulsando ALT y F2 a la vez, desplegando la lista de aplicaciones conocidas, escribiendo en la casilla de arriba zerg y haciendo doble clic en ZergaBidea.
Cuando nuestra declaración figure en Gipuzkoataria como SÍ procesada conviene que borremos las carpetas y contenidos de ZergaBidea por seguridad. Están en /root y en /usr/lib si no recuerdo mal. Tal vez también en ~ ( /home/nombredeusuario ).
Nota: si al intentar subir el fichero (en el punto 7) nos dicen que no es válido puede ser porque tiene acentos (tal vez también falle la eñe, etc.). Se nos ofrece descargar el “Programa para la corrección de caracteres alfabéticos”, que está en http://www.gipuzkoa.net/ogasuna/modelos/programas/programa.asp?PrgId=100 . Pero es un programa antiguo sólo para Windows. No hay problema: en Mint basta con abrir el fichero con gedit con privilegios de superusuario y cambiar de nuestro nombre o apellidos o dirección, etc. las vocales con tilde por vocales sin tilde (¿etc.?). Para eso dejas pulsada la tecla ALT, pulsas F2, pones gksu nautilus , pulsas Enter, localizas el fichero, haces doble clic sobre él, lo editas y guardas.
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Esta guía la he hecho pues no he encontrado ninguna en internet. Sólo una, pero es de un caso especial, y creo que es bastante técnica e innecesaria para la mayoría de la gente (aunque se agradece que esté y seguro que le sirve a alguien, aunque sea en parte). Además se centra en preparar el sistema (instalaciones, configuraciones, etc.) y no habla nada de cómo se hace la declaración. La enlazo para quien la quiera consultar: http://www.aitoroliveira.com/hazlotumismo/hacienda.php
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Fuentes:
- http://shrib.com/BNQqvwO0
- http://notepub.com/?note=182244
- http://bandaancha.eu/tema/1680882/guia-declaracion-renta-irpf-gipuzkoa-linux-mint-ubuntu-guipuzcoa-hacienda-diputacion-foral-gnu
Gracias.
Los PDFs de Gipuzkoataria donde se ven los formularios de nuestras anteriores declaraciones salen en blanco en Linux. Pero creo que ya están intentando solucionarlo.
Cuando lo arreglen, a ver si el primero que se entere lo hace saber.
Hay un momento del proceso en el que, si no está ya configurado así (por defecto no lo está), se nos pide que hagamos un cambio en about:config. Hay que dar a la preferencia signed.applets.codebase_principal_support el valor true. Sucede en cualquier sistema operativo, siempre que se use el navegador Firefox.
Más información:
+ https://w390w.gipuzkoa.net/WAS/HACI/WFRServicioFirmaWEB/ayudaRequisitosTecnicosSede.do
+ http://kb.mozillazine.org/About%3Aconfig_entries#Miscellaneous_preferences
+ http://www.mozilla.org/projects/security/components/signed-scripts.html